DF JUSTICIA JE LA NACION 323 Ayala, asi como la de Battilana en el homicidio de Mayorga, concurre otra elocuente prueba directa, dejada por Ayala en el rastro sangriento del uniforme (caquetilla y bombacha), con que conmó el homicidio. El informe del consejo nacional de higiene corriente a fs. 225, sobre las ropas de los acusados remitidas por la poticia a fs, 8 y fs. 126 manifiesta la enorme cantidad de sangre ecagulada en la manga del brazo derecho y en la de la parte trasera del pantalón, revelando patentemente que el homicida después de utilizar la larga resistencia de la víctima, consiguió seinetse al fin sobre ella para remataria. Ninguna observación ha opuesto José Ayala contra este rastro sangriento, más que la pueril de que esas manchas provienen de haber carneado animales en la comisaria, precisamente el día del crimen — ¡rara casualidad! que resulta destruida no sólo por la observación legal de que los acusados no han producido al respecto la prueba que a ellos les correspondía, sino por la observación de que, suponiendo cierto que hubiesen carneado animales, salta a la vista que no — ° hahían de hacerlo vistiendo su uniforme reglamentario de agentes de policia, para ensuciarlo irreparablemente, sino con otras ropas.
Además la carneada no explicaría que la mayor cantidad de sangre resultase en la parte trasera de los pantalones, porque no sabemos que quien carnea carneros tuviese necesidad de sentarse sobre ellos.
Octavo: Una última observación de sentido común viene a demostrar incontestablemente que el homicidio de Mayorga fué y no pudo menos que ser la obra conjunta de los dos acusados, Ayala como operador directo y Battilana como cómplice eficiente según puede colegirse; una vez que no se puede inferir sino por presunciones acerca de la forma de la dego!lación dado que nadie la presenció más que sus ejecutores. El comisario Cejas, en su indagatoria de fs. 1 en las líneas subrayadas a fs. 3, declara que fué el quien en tiempos mejores proporcionó a su superior señor Calderón ai asistente don Ascensión Mayorga para que lo acompañase y le guardase, por su puesto, Hubo de ser entonces, Mayorga, hombre capaz de corresponder a esa confianza, compren diéndose que así lo reconoció el señor Calderón, puesto que con
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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:323
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