Por ello, oido el señor procurador general, se declara improcedente el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la cámara provincial del Rosario de Santa Fe, a la que se devolverán los autos principales con testimonio de esta resolución. Archivese, previa notificación original y reposición del sellado.
A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
SoLAar, — M. P. Daract. — D. E. PALacio.
CAUSA Lil Criminal, contra Carlos S. Claveiles, por homicidio, contienda de competencia negativa Sumario: Corresponde a la justicia federal el conocimiento de una causa por homicidio cometido en el recinto de una escuela normal nacional, en provincia.
Caso: Lo explican la: siguientes piezas:
DICTAMEN DEL $F. PROCURADOK GENERAL
Corte suprema:
A V. E. corresponde dirimir la presente contienda de competencia, a mérito de lo que dispone el art. 9, inc. B, de la ley 4055.
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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:408
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