ros DE LA CORTE SUPREMA + FALLO DE LA CORTE SUPREMA É Buenos Aires, Noviembre 8 de 1910.
Y vistos:
a
E Los de contienda de competencia entre el juez de primera E
E instancia en lo civil de la capital de la república y el de igual) E elase y lo comercial de la ciudad del Rosario, provincia de Santa E Fe, para conocer del juicio seguido por don Emilio O. Schiffner E contra don Faustino Da Rosa, por daños y perjuicios.
| Y considerando :
Que el contrato de arrendamiento del teatro de la ópera :
o de la ciudad del Rosario, corriente de £s. 14 á 17. indica clara"O mente en su art. 6 que el pago debía hacerse á diario y al terminar cada función, señalándose así el lugar del cumplimiento de la obligación del locatario, aparte de que la naturaleza del contrato lo establece implicitamente.
Que está resuelto por esta corte suprema, en casos repetidos, "que, con sujeción á lo dispuesto en el art. 1212, y correlativas del código civil y ley 32, tit. 2, partida 3, es juez com petente para el conocimiento de les pleitos en que se ejercitan scciones personales, con preferencia al del domicilio del demandado, el del lugar señalado explicita 6 implicitamente para la tjecución de un contrato, cualesquiera que sean las prestaciones «de él que se demande, ya principales, ya accesorias". (Fallos, tomo 42 pág. 39 : tomo 45 pág. 101 ; tomo 92 pág. 380 y otros).
Por ello y fundamentos concordantes del auto de fs. 18 vuelta á 20, y lo pedido por el señor procurador general, se declara: que el juez en lo civil y comercial de la ciudad del Rosa+ Er a
A : : RE
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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:394
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