CAUSA CLXVIIT
Don Aianasio Rodríguez contra don Ildefonso Chaves, por cobro de pesos; contienda de competencia Sumario No corresponde á la corte suprema dirimir las contiendas de competencia entre jueces federales.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL SR. PROCURADOR GENERAL
Suprema core:
Las contiendas de competencia entre jueces federales son extrañas á V. E. correspondiendo dirimirlas á las cámaras federales de apelación respectivas, según expresamente lo estatuye el artículo 19 d: la ley 4055. En tal concepto, y tratándose en el caso, de una d:: esas contiendas, entre el juez federal del Rosario y el de Santisgo del Estero, corresponde que V. E. y así lo pido, se declare i:.competente para dirimirla, mandando devolver los autes comc corresponde.
Julio Botet.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio 25 de 1910 Y vistos:
Con arreglo á lo dispuesto en el artículo 19 de la ley número
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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:242
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