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Fallos: 113:178 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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Por estos fundamentos y de conformidad con lo pedido por el señor procurador general, se declara que el conocimiento de este juicio corresponde al señor juez de la capital. En su consecuencia, remitansele los autos, dándose aviso al juez de la ciudad de La Fiata, Notifíquese con el original, debiendo reponerse los sellos ante el inferior.

A. Bermejo.—M.P. DARACt.— D. E. PALacio.

CAUSA CLII
Criminal contra Isidro Aranguren, por homicidio Sumario: Es justa la sentencia que condena á quince años de presidio al autor de un homicidió simple, mediando en favor dei reo la atenuante mencionada en el inciso cuarto del articulo 83 del código penal.

| Caso: Lo explican las siguientes piezas :


SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Viedma, Octubre 25 de 1909.

Y vistos:

Estos antos, seguidos de oficio contra Isidro Aranguren, de veintinueve años, soltero, español, alambrador, domiciliado en y Conesa. acusado del delito de homicidio, E

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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:178 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-113/pagina-178

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