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Fallos: 112:184 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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SENTENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL
Buenos Aires, capital de la República Argentina, á veinte y dos de Octubre de mil novecientos ocho.—Reunidos los señores vocales de la Excma. cámara de apelaciones en lo civil en su sala de acuerdos, para conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados "Fisco nacional contra la empresa del F. C.

C. A., sobre cobro ejecutivo de pesos", respecto de la sentencia corriente á fs. 47, el tribunal estableció la siguiente cuestión:

¿Es arreglada á derecho la sentencia apelada de fs. 47? Practicado el sorteo, resultó que la votación debía tener lugar en el orden siguiente: señores vocales doctores Arana, Gelly y Basualdo El señor vocal doctor Arana, dijo:

El ejecutado ha opuesto las excepciones de incompetencia de jurisdicción y falsedad de título, que han sido desestimadas por el juez a quo, motivando el recurso interpuesto ant:

esta cámara, En cuanto á la primera, son de todo punto concluyentes las consideraciones que fundan el fallo apelado, y de acuerdo con lo pedido por el señor fiscal, estimo que debe confirmarse.

En lo que se refiere á la excepción de falsedad, si bien he opinado en casos análogos, como juez y como miembro de este tribunal, que la falsedad debe resultar del instrrmento mismo con que se inicia la ejecución, lo que en el presente bastaría á mi juicio, para rechazar la excepción, el juez a quo demiestra acahadamente, que los hechos en que la funda la empresa ejecutada no son suficientes para hacerla prosperar.

Voto, en consecuencia, por la afirmativa.

Los señores vocales doctores Gelly y Basualdo, dijeron: ,

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:184 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-184

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