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Fallos: 111:29 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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DE JUSTICIA DE LA NACION " 29 DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL Buenos Atres, Diciembre 23 de 1908 .

Suprema Corte : - - La sentencia de la cámara federal de la capital, pronunciada, con motivo del juicio de apremio por cobro de dos mil cuatrocientos treinta pesos que en concepto de multa por infracción á la ley de impuestos internos número 3764, sigue el fisco nacional contra el recurrente, don José Camdessanché, no es susceptible de apelación ante V. E., en , razón del quantum del litigio y 4 mérito del inciso 2 del « artículo 3.0 de la ley 4055.

Tampoco se encuentra el caso dentro desninguno de los previstos en los incisos 12 y 3 del artículo 14 de la. ley 48, al cual se refiere el artículo 6.0 de la 4055, desde que, se trata de cuestiones de procedimiento y de la aplicación del código Penal (artículo 15 de la ley 48).

Y como según informe de la mencionada cámara, se ha motificado el 22 de 'setiembre al recurrente la resolución denegándole la apelación que, contra la referida sentencia interpuso, recurriendo de ello y extraordinariamente para ante V: E., en noviembre 3 del corriente, ese recurso se "ncuentra fuera de término. con arreglo á lo dispuesto en el artículo 516 del código de Procedimientos penales.

Por lo expuesto opino que él ha sido bien denegado y pido á V. E, se sirva así declararlo.

Julio Botet. .

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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:29 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-29

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