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Fallos: 111:24 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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CAUSA CXLVIII Recurso extraordinario deducido de hecho por don Luls Guerci en autos con José S. Domínguez, sobre escrituración.

o Sumario - Es improcedente el recurso extraordinario previsto en los artículos 14 ley número 48 y 6.", ley número .

4055, deducido alegando que en la sentencia recurrida se han desconocido las leyes de un provincia sobre protocolización de escrituras extendidas en otra provincia.

Caso: Lo explican las siguientes piezas : .
INFORME DE LA CAMARA FEDERAL
+. Suprema Corte: o - Evacuando el informe solicitado por V. E., en el recurso de hecho por don Luis Gúerci, cámpleme manifestar lo siguiente: Habiéndose celebrado entre el recurrente y don José S. Dominguez un contrato de compra-venta de un campo ubicado en San Luis, este ultimo demandó al primero por el cumplimiento de ese contrato y fué condenado Guerci - . .

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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-24

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