Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 111:21 de la CSJN Argentina - Año: 1908

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACION 21 firme el auto ordenando la comparecencia del señor Loveday .

ante este tribunal, negando en absoluto al señor juez de la capital doctor Rodríguez Larreta, todo derecho para intertenir en este proceso, fuera de la forma suplicatoria en que .- el infrascripto se le ha dirigido. . . En consecuencia y planteada como se encuentra la con tienda de competencia, elévense las presentes actuaciones á la Exma. suprema corte con la nota de estilo; y exhórtese igualmente al señor juez promoto: de la contienda, con transcripción del presente auto á los efectos que por derecho hubiese" lugar, . N Insértese y hágase saber.

Eugenio Pucio Benza.

AUTO DEL JUEZ FEDERAL DE LA CAPITAL —— . luenos Alres' Agosto 28 de 1908 .

Autos y vistos: .

Y considerando :

Que la jurisdicción criminal que el código de Procedimientos atribuye 4 los jueces para la instrucción de sumarios y citación de testigos, no excluye la que por la misma ley tienen .

Jos tribunales de la misma jurisdicción de distinta provincia; .

como que el artículo 205 del referido eódigo indica de una manera clara y terminante, que en las diligencias del sumario, cuando hubieren de practicarse fuera del lugar en que tenga su asiento el juez á quien compete su instrucción, tendrán lugar por medio de oficios 6 exhortos según corresponda .

al caso, - .

7 .

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

57

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1908, CSJN Fallos: 111:21 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-21

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 111 en el número: 21 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos