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Fallos: 110:469 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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Jurisdicción—Tratándosc de una demanda contra la admi nistdración nacional de alcoholes po: deroluci'n de a impuesto, la persona realmente llevada á juicio es 1a ración ; no siendo necesario para ello, dado el objeto de la demanda, la autorización legislativa. Pág. 51.

Jurisdicción —Corresponde 4 la justicia local de la capital sel conocimiento de ura demanda contra el gobierno racioral, fundada en el artículo 6 de la ley número 3668 sobre impuesto territorial para la capital federal y territorios nacionales. Pág. 148. - , .

Jurisditción—Láas acciones por cobro de créditos hipotecarios contra una sucesión no entran en la disposición del inciso 4 del artículo 3284 del código Civil. En consecuencia, el conocimiento de una demanda por cobro de un crédito hipotecario corresponde al juez del lugar del bien hipotecado. Pág. 217. ° Jurisdicción—El juez del domicitio especial designado para todos los .efectos de un contrato, es el competente para conocer de una demanda por cobro de pesos, fundada en la inejecución de una de las cláusulas del .

mismo. Pág. 253.

Jurisdicción—El último domicilio del causante, á los efectos de la competencia. del juez que ha de conocer de la . - sucesión, es el lugar de su residencia habitual con .

su familia al tiempo de su fallecimiento y no el del « asiento de sus negocios en la misma época. Pág. 264.

Jurisdicción —Corresponde 4 las cámaras federales de apelación el conocimiento de los recursos de queja contra los jueces de sección, por retardo en la remisión de » - los expedientes que deben ser elevados en apelación al superior. Pág. 302. o . .

Jurisdicción—A los. efectos de determinar la competencia .

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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:469 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-469

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