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Fallos: 110:24 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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CAUSA XC .
Criminal, contra Andrés Bustos; por homicidio Sumario :—Es justa la sentencia que condena á la pena de veinte años de presidio y accesorios legales, al autor del delito de homicidio cometido sin atenuante alguna y con la agravante de la alevosía.

Caso: Lo explican las piezas siguientes : , ° SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO - . .

- Viedma, Agosto 8 de 1907.

Y vistos : - Estos autos. seguidos de oficio contra Andrés Bustos, sin sobrenombre ni apodo, de 27 años soltero, argentino, jorna- " lero, domicialiado en Choele-Choel por el delito de homicidio.

Resulta: que el 5 de Abril-de 1905 en la Isla Grande de Choele-Choel Andrés Bustos mientras bebía en la casa de co- N mercio de Tomás Fontán se encontró con Isidoro Alvarez, .

á quien conoció días antes; que momentos después el preve

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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-24

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