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Fallos: 110:170 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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170 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ción»; y esta fórmula de derecho universal, sólo respeta las , acciones expresamente designadas por los códigos. Entre estas .

excepciones no se, encuentra la garantía constitucional, ciando aquellos á quienes aprovecha han abandonado su derecho dejando que el tirmp> irravocablemente lo avasalle.

Si la acción real no es, pues, procedente, como he dicho; y si la acción personal única que surge del hecho del ensanchc de la calle con t:rrenos "del actor, no ha sido ejerci tada dentro del plazo en que la ley 'le da vida jurídica, la revocación de la sentencia se impone, con la declaración de declaración de prescripción que correspond: con arreglo á la ley citada. Finalmente, de este punto de vista es innecesario ocuparse de lo relativo á la mayor 6 menor extensión del terreno.

Doy mi-voto por la negativa.

El señor vocal doctor Williams dijo: que votaba también por la negativa; la acción deducida tiene por objeto el que se ligue á lamunicipalidad á expropiar 6 comprar las fracciones de terreno que la municipalidad tomó para el ensanche de la calle Corrientes en 1885. Sea cual fuere la denominación que se le dé ála acción deducida, es evident: que ella tiene ¡por objeto exigir de la municipalidad el pago de la fracción de terreno indicado en el escrito de demanda, y así resulta también de la parte final del citado escito, en la que el actor reconoce que la expropiación es al efecto de que se obligue á la municipalidad á entregar «como indemnización 6 precio el que establezcan peritos». Así, pues, si la acción tiende 4 conseguir el pago del precio del terreno mencionado, no demuestran cuál fué la extensión del tarreno de la grund del personal y por lo tanto que procede la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada. El señor vocal Méndes Paz, dijo: Limitada la pretensión del actor á la extensión de terreno que ocupa la vereda (fojas 158),

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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:170 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-170

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