. - DE JUSTICIA DE LA NACION . 163 . N . - DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL . — . . Buenos Aires, Julio 31 de 1906.
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Suprema Corte: , ' , La Compañia Sudamericana de Carnes Frescas Jimitada, dice de inconstitucional el impuesto creado por la municipalidad de ° San Nicolás de los Arroyos, en consonancia con lo dispuesto en los artículos 66, 70 y 71, de la ley de sellos de la provincia de Buenos Aires, vigente hasta 1902, fundándos: en que dicho gravámen se ha hecho efectivo sobre artículos de frigorífico destinados á la exportación y en que, por otra parte, ha sido declarada por V. E., en repetidos fallos, la ilegalidad de la referida ley de sellos, como repugnante á las garantías que consagran los artículos 9, 10, 11 é inciso 1.9 del artículo 67 de la Constitución en favor de la libre circulación interprovincial 6 internacional de los productos.
A su vez lal parte demandada sostiene la legalidad del "im.
puesto impugnado, diciendo que no ha gravado, con tal impuesto, la exportación de los productos nacionales, ni la circulación de los mismos de una provincia á otra, que solo ha - .
entendido gravar las haciendas que la compañía Sudamericana introduce al mercado de San Nicolás para ser beneficiadas en .
- su establecimiento ejecutando asi, facultades que le son propias.
En presencia de la forma en que se ha trabado la litis, dado que la constitucionalidad 6 inconstitucionalidad del referido impuesto municipal, depende del hecho de que la ordenanza impugnada sea igual á la ley de sellos provincial vigente hasta 1902, en cuanto ésta afectaba, bajo el nombre de guías de campaña, la extrácción de los productos, ya fuese con des- . tino al transporte de una provincia á otra 6 al exterior, se
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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:163
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