DN JUSTICIA DI LA NACIÓN .- 155 E esta Suprema Corte pueda rasolver de acuerdo con el artículo r 9.9 de la ley número 4955, - - E Por ello y de conformidad con lo pedido por el s:ñor procu- .". e MT rador general, se declara bin denegado el recurso. - E Notifíquese con cl original y repuesto el papel, archívese. " A. BERuEJO.— Octavio Bun- 3 GR. NICANOR G. DEL So-.
LAR.—C. Movano Gacrrta. 1 4 . - e CAUSA CIV . | Ne — 5 Recurso extraordinario deducido por la Compañía Colonial Súd- ' — . Americana de Curnes Frescus-en autos contra la municipalidad — de Sun Nicolis de los Arroyos. por devolución de impuestos. $ : :
Er:
Sumario: "Es "iniprocédente cl recurso axtraordinario, autori- 1 zado por el trtículo 14 de la ley número '48, interpussto ' 7 contra una sent:ncia que reconoce expresamente la inconstitu- . Y cionalidad,de una ordenanza municipal, pero que rechaza la Y
N acción de repetición deducida, fundándose en consideraciones E
- de hecho. La b Casó: Lo explican las pieras siguientes: - +
Compartir
103Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1908, CSJN Fallos: 110:155
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-155
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 110 en el número: 155 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos