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Fallos: 11:447 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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5° No puede pedirse á la vez el cumplimiento de un contrato y la pena.

Caso.—D. Luis Laurette, comerciante en Marsella, fietó el bergantin ruso « Iris, » capitan Hogman, consignando la carga á Buenos Aires á D. Adolfo Modet, por el flete de 18,750 francos.

En el contrato de fletamento se convino en que el fetador tendria treinta días para cargar en el puerto de Marsella ; la descarga en el puerto de Buenos Aires se haria segun los usos y costumbres del lugar; el flete se pagaria al contado, desde la huena entrega de la carga; se darian ' diez dias de sobrestadias, siendo requeridas, á razon de 150 francos diarios, pagaderos de dia en dia; el capitan se haria á la vela á las cuarenta y ocho horas despues de la entrega de los conocimientos, bajo pena de pagar al fletador 150 francos, por cada dia de retardo; y la multa por la no ejecucion del contrato seria el importe del flete.

El capitan Hogman llegó á este puerto el día 23 de Febrero de 1871, y en 22 de Julio del mismo año ocurrió al Juez de Seccion con una protesta hecha ante la Escribania de Marina en 15 del mismo mes, y entabló demanda contra cel consignatario del cargamento, Sr. Adolfo Modet, diciendo, que él mandó aviso de estar pronto para la descarga el 24 de Febrero; que Modet, mandó comenzarla el 28; que desde ese día hasta el 8 de Abril, en que suspendió la descarga, se trabajó en ella solo 15 dias; que se volvió á seguir la descarga el 16 de Mayo, concluyendo el 3 de Junio; que Modet abonó el flete solo 24 días despues de concluida la descarga, negándose á pagar las estadias y los daños y perjuicios do la demora :

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:447 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-447

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