DE JUSTICIA NACIONAL. 437 En las actuaciones se produjeron varias declaraciones y documentos consistentes en protestas, póliza de fletamento, carlas, recibos de carga elc., pero no se instauró demanda en forma por ninguna de las partes.
Con fecha de 3 de Abril de 1872, Modet presentó al juzgado una solicitud en que decia que debido á que Barran y Briet, consignatarios del capitan eran lo mismo que él franceses y vecinos de esta ciudad, habian llevado el litijio al Juzgado de Comercio Provincial. — Que como una parte del litijio era el espediente sobre operaciones de puerto y descarga que se habia seguido ante el juzgado, pedia, en atencion 4 la necesidad de las partes y á la falta de jurisdiccion de que adolecia el juzgado para conocer en las ulterioridades, le mandase entregar cel espediente ó remitirlo con oficio al Juez de Comercio Provincial, ante quien debia ejercitar acciones.
Falle del Juez de Seccion.
lhuenos Aires, Abril 3 de 1872.
Deduciéndose del precedente escrilo, que la demanda á que esta parte se refiere, versa sobre cumplimiento de obligaciones, procedentes de un contrato de Melamento ; y que por consecuencia este juzgado seria esclusivamente competente para entender en el caso con arreglo á los articulos 2, incisos 10 y 12 sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales; y que por lo tanto la razon en que esta parte funda su solicitud de que le sean entregados los antecedentes obrados en este juzgado, ú de que se remitan directamente al Tribunal de Comercio; no es exacta; á lo que se agrega ademas, que
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:437
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