Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 11:385 de la CSJN Argentina - Año: 1871

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA XXXVII.
Don Juan Marshall, contra la Sociedad del « Progreso» sobre cumplimiento de un contrato de construccion de embarcaciones.

Sumario. —1° Para que se tenga por decaido el dere- , cho de una parte, es necesario que se acuse la rebeldía y se deje de usar eso derecho dentro de las veinticuatro horas con que la rebeldía debe ser despachada.

2" No so presume que se aya renunciado á esta disposicion, si la solicitud relativa se funda en un supuesto que no existe.

Caso. —D. Juan Marshall contrató con la Sociedad del « Progreso, » representada por D. Santiago Meabe y D.

Joaquin Vivanco la construceion de un vapor y cuatro | chatas.

Susciladas algunas dificultades sobre el pago de la obra despues de haber tratado de arreglarlas extrajudicialmente por medio de un compromiso arbitral; Marshall entabló demanda contra la Sociedad por cobro de pesos, pidiendo el nombramiento de árbitros prescrito por el art. 601 del Código de Comercio.

Tu 26

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

74

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1871, CSJN Fallos: 11:385 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-385

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 11 en el número: 385 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos