de salvalaje contra D. Enrique Watsemborn, dueño del ponton « Aurelia ».
Pidió antes una pericia para conocer el valor del buque.
Pidió tambien se prohibiera el trasbordo de la carga mientras no se hiciera el avalúo, y fecho esto, solo se permitiera prévia anotacion de las mercaderías.
El Juez de la Seccion accedió á sus peticiones.
Posteriormente D. Enrique Watsemborn pidió el desembargo del ponton para concluir la descarga de las maderas, en que consistia la carga, quedando estas, como garantía, depositadas frente á la barraca del Sr. Badaraco y bajo la custodia del resguardo de la Boca del Riachuelo.
Se accedió tambien á esta peticion.
Despues de esto, Watsemborn contestó la demanda.
Negó el salvataje; dijo que solo hubo asistencia al ponton; que no pagaria los honorarios relativos sin que se le indemnizaran los daños y perjuicios por el embargo y por haberse apoderado Jepsen del buque.
En otrosf pidió la espulsion de Jepsen.
El juez accedió á esta peticion, prévio otorgamiento de la fianza prevenida por el art. 144 del Código de Comercio.
Watsemborn presentó un fador y á peticion de Jepsen se ordenó se concluyera la descarga para la mas pronta tasacion de las maderas, y se justificara el arraigo del fiador.
No habiéndose conformado Jepsen con el arraigo de este, el Juez ordenó se mejorara el embargo.
Despues de algun tiempo, Jepsen pidió se ordenara la mejora de la Ñanza dentro de tercero dia, por no haberse cumplido con el auto anterior y en otrosí se fijara un término á los tasadores. r El Juez proveyó lo siguiente:
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:332
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