CAUSA XxV.
D' Mercedes Mendez de Runken contra D. Luis Henchos, por rendicion de cuentas.
Sumario.—Un contrato de comision se considera concluido y chancelado, probando el comisionista que devo!vió al comitente los objetos encomendados.
Coso.—En 10 de Setiembre de 1867, D. Luis Henchos recibió en Tucuman de D. Augusto Runken un valor de 1,500 pesos en alhajas y relojes para vender en comision y entregar el dinero.
Habiendo fallecido Runken, su viuda D' Marcedes Mendez, demandó ante el juez de la seccion al espresado Sr. Henchos 4 fin de que fuere condenado á rendir cuentas de su comison.
Henchos contestó que las alhajas y relojes habian sido devueltas 4 D. Armando Zavaleta, esprosamente apoderado para recibirlas por Runken y su esposa, como se comprobaba con el recibo que presentaba firmado por este por chancelacion de la comision dada para la venta.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:302
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