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Fallos: 11:301 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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la ejecucion entablada contra ellos por D. Leopoldo Vazquez Sagastume; en su consecuencia llévese esta adelante con costas de acuerdo al art.... de la ley de procedimiento. Hágase saber y repónganse los sellos.

Andrés Ugarriza.

Apelada la sentencia fué confirmada por cl Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Marzo 5 de 1872.

Vistos: por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja setenta y una, y salisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.

SALVADOR M. DEL CArmiL,— FRAncisco DELGADO. —José Bannos Pazos.—dJ.

B. Gonostiaca.

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:301 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-301

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