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Fallos: 11:27 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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CAUSA CI.
D. Antenor Molina contra D. Santos Gil, por cobro de pesos.

Sumario. — 1° Para que una cuenta de comercio pueda fundar una demanda, es necesario que esté fundada en los libros de quien la presenta, y acompañada de los comprobantes respectivos.

20 Los libros de comercio deben conservarse en el lugar en que son llevados.

3 El libro copiador de cuentas, solo, no merece fé.

Caso. —D. Agustin S. Meyer por D. Antenor Molina, argentino, demandó ante el Juez Federal de Corrientes á D. Santos Gil, estrangero, por 1,985 $67 cis. fuertes y sus intereses, por saldo de cuentas en unas mercaderías que decia haberle comprado en Diciembre de 1866 con la fianza de D. Santiago Giieta, habiendo sido la cuenta primilivamente de 2,475 67 cs. $ fis, de los cuales dico haber recibido 490 $ fis.

A la demanda acompañó la cuenta en los términos es

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:27 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-27

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