Se entregaron los cajones en carros de D. Candelario Gomez y D. Enrique Sabattie, y segun" órden de Lix se enviaron al almacen de la casa de Cocqueteaux.
Llegados alli los carros, y descargados los bultos, fueron detenidos por un vigilante de la aduana, y vueltos los carros y bultos á esta oficina, donde se encontró que los cajones contenian mercancías finas, en lugar de tinta.
Al mismo tiempo fueron embarcados para el Rosario 24 cajones tinta tomados de plaza, consignados al Señor Groquet del Rosario quien manifestó en esa aduana no haber tenido aviso alguno de tales cajones.
D. Cárlos Coequeteaux reconoció su firma puesta al pié del manifiesto y del permiso de reembarco, pero negó la confabulzción con los empleados Poccel y Migoya, y alegó que las firmas las había puesto en blanco sin haber dado autorizacion alguna á Lix para hacer la sustitucion de bultos y practicar el contrabando.
Acusado Coequeteaux del delito cohecho y contrabando y acusados los carreros Gomez y Sabattie de complicidad en este último delito, y concluido el sumario y plenario se dictó este Fallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Setiembre 29 de 1871.
Y vistos estos autos seguidos contra D. Cárlos Cocqueteaux, Candelario Gomez y Enrique Sabattie por cohecho y contrabando, y resultando: 19 que con fecha Agosto once los guarda-almacen Felipe Porcel y Pedro Migoya dan cuenta en su parte de f. 2 de habérseles hecho
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:251 
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