propuestas para cooperar al fraude que se proponia cometer la casa de los Señores Cocqueteaux, Falcon y C.° introduciendo por contrabando mercaderías venidas por el vapor francés «Fenelon» para cuyo efecto se les hizo firmar un documento del tenor del de foja 1. 20 Que en diez y seis de Agosto se da cuenta por Porcel haber entregado en virtud del permiso de reembarco de f. 4 veinticuatro cajones manifestados con el contenido de tinta de escribir. 39 Que el alcaide D. Manuel L. Gascon por órden que recibió al efecto siguió los carros que llevaban estas mercaderías, los que se dirigieron á la casa de los Señores Cocqueteáux descargando allí dos cajones, en vez de ir al lugar del reembarco, segun todo resulta de los partes de f. 6 y 7. 4 Que vueltas las mercaderías á la Aduana y habiéndose procedido á la verificacion del contenido de los bultos por el Gefe de la segunda seccion de vistas, resultó ser el de la nómina de f. 9 en vez de tinta de escribir que espresaban los documentos presentados á la Aduana para su despacho.
50 Que D. Cárlos Cocqueteaux en sus declaraciones de fojas 11, 27 y 53 reconoce como suyas las firmas que suscriben la copia de factura de f. 23, permiso de reembarco de f. 22 y parcial de f. 4. 60 Que con fecha Agosto veintinueve se dió cuenta por el Contador de Aduana en su nota de f. 37 haberse pedido á reembarco en el vapor «Espigador» con destino al Rosario veinticuatro cajones tinta cuyo permiso á foja 40 se halla suscrito por D. Cárlos Cocqueleaux. 70 Que de la nola del Administrador de Aduana del Rosario f. 64 resulta que efectivamente llegaron á aquel puerto por el vapor «Espigador» veinticuatro cajones tinta consignados á D. Cárlos Groquet. 8 Que los carreros Candelario Gomez y Enrique Sabattie fueron encargados de la conduc
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:252
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