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Fallos: 11:245 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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renta y uno del Código de Comercio aparece perjudicada ó invalida.

Se absuelve de la demanda de foja primera á D. Daniel Gonzalez y testamentaría de D. José S. Olguin. Con costas al demandante.

Juan Palma.

Zorrilla apeló, y se le concedió el recurso libremente.

En la espresion de agravios, acompañando algunos escritos pidiendo la prueba de testigos dentro del término, que le fueron devueltos por el Juez de Seccion, dijo que la sentencia era nula, porque no se habia dado audiencia 4 los herederos de Olguin, porque no se habian fijado para la prueba los puntos conducentes, sinó puntos de derecho, porque se habia negado á Zorrilla la prueba de los hechos que él ofreció producir.

Que ademas era injusta porque estaba probada la existencia de la sociedad de Gonzalez y Olguin, y por consiguiente la responsabilidad de ambos al pago de los ganados vendidos.

Que finalmente estaba probado el perjurio de Gonzalez, quien habia negado antes de presentársele el contrato de sociedad suscrito con su propia firma, la existencia de aquella; por cuya razon debió ser condenado al pago de la suma demandada, intereses y costas.

Contestada la espresion de agravios, se dictó este:

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Febrero 6 de 1872.

Vistos y considerando: respecto del recurso de nulidad contra la sentencia definitiva de fojas ciento nueve, de

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:245 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-245

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