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Fallos: 11:242 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Se dieron nuevas posiciones en las que Gonzalez negó haber tenido sociedad con Olguin.

Despues de esto Zorrilla presentó un contrato de sociedad entre Olguin y Gonzalez, firmado por los dos, y pidió que Gonzalez reconociera la firma.

Reconocida esta, y concluido el t¿rmino probatorio, se dictó el siguiente:

Fallo del Juez Seccional.

Mendoza, Setiembre 7 de 1871.

Y vistos: Don José A. -Zorrilla, vecino de la Provincia de Santa Fé, demanda á D. Daniel Gonzalez y á la testamentaría del suicida D. José A. Olguin, natural de San Luis, « por el valor de la letra protestada corrien« teá foja veinte y siete por ser este valor procedente « de una tropa de ganados vendidos por Zorrilla 4 Ol« guin siendo éste socio de Gonzalez — responsable por « consiguiente 4 las resultas de la letra, por tres mil « cuatro cientos esos muneda corriente y sus intereses de« vengados. » El demandante principió su accion tratando de retener parte del ganado que estaba en poder de Gonzalez á la fecha del principio de su instancia.

Gonzalez contesta: desconociendo el derecho de reivindicacion de su ganado —que no está obligado 4 satisfacer al actor del modo como tiene aquel, negando la sociedad con Olguin—apareciendo á última hora como comprador, cuando absolvió posiciones. Por fin, sostiene, que habiendo comprado Olguin á Zorrilla al Ññado por un contrato consumado —aquel pudo libremente

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-242

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