CAUSA I.
D. Juan R. Dlom, Capitan de la Barca «Lennotin» contra Deeljen y Ca. por cobro de estadías y multa.
Sumario.—10 Las circunstancias que no importan un obstáculo insuperable al cumplimiento de un contrato, no constituyen la escepcion de fuerza mayor.
2" La fuerza mayor precedida de culpa del que debe cumplir el contrato, no es admisible como escepcion.
30 Las estadías son la indemnizacion de los gastos diarios que sufre el buque, en beneficio de los dueños de la carga.
4" El cobro de las estadías importa la exigencia de que se cumpla el contrato de fMetamento, y escluye por sí mismo el cobro de la pena impuesta en caso de inejecucion del contrato.
Caso.—D. Juan R. Blom, capitan de la Barca «Lennatin» demandó á los Señores Deetjen y C°. consignatarios de la carga, por el pago de estadías del buque, inteD
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:193
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