Que esta prórroga se produce dentro de los propósitos de la .
"ley, siempre que algunas de las partes introduce instancia, es decir, pide al Juez pronunciamiento en la causa, como ha sucedido en el presente caso, en que el apelante ha concurrido . anteel Juez de la expropiación aceptando su jurisdicción para — designar los peritos que habían de apreciar el terreno á expropiarse y aun cuando antes hubiera deducido excepción de incompetencia (fs. 33 y 37). . Por estas consideraciones y lo expuesto y pedido por el Señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada. Hágase .
N saber y devuélvanse.
, . A. BermeJO.—Ocravio Bun . - . GE.— NICANOR G. DEL So -LAR.—C. Moyano Gacr- TÚA. .
N , - . .
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:399
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