CAUSA LXXVII - -
Poder Ejecutivo de Mendoza contra Pedro Ortis y Moisés del Campo, sobre expropiación Sumario: La prórroga de jurisdicción á que se refiere el inciso . cuarto del urticulo doce de la ley número 48, se produce , siempre que algunas de las partes introduce instancia, es decir, pide al juez pronunciamiento en la causa. . Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ DE MENDOZA Mendoza, Agosto 23 de 1907.
Y vistos : . Estos autos llamados á fojas cincuenta y uno vuelta, de los que resulta: que á foja 34, el doctor Conrado Céspedes como apoderado del gobierno de la provincia, se presenta acom-, pañando copia autorizada de un convenio 'suscripto por el mi- .
nistro de gobierno, y el señor Moisés del Campo, aprobado por el poder ejecutivo, y pidiendo que en mérito de lo que dicho convenio consigna, se cite á las partes á juicio verbal para proceder al nombramiento de perito, que deben avaluar .
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:393
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