FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Agosto 6 de 1908. Autos y vistos : — El recurso de queja por apelación denegada deducido por el representante de don José Guash, de sentencia pronunciada por la cámara federal de apelaciones de la capital, en los - autos que ha seguido contra don Enrique Arhens y otros, sobre imitación fraudulenta de la marca de fábrica denominada «Pilz». N . . . .
, Y considerando : Que como consta en los autos solicitados por esta suprema . corte, en calidad de para mejor proveer, el apoderado de don José Guash interpuso para ante ésta y le fueron denegados: por la klámara federal los recursos «de "nulidad y sub sidiariamente el de apelación, de acuerdo con lo prescripto en el artículo 14 de la ley 48 y 6 de la ley 4055» (fojas 160 y 160 vuelta). - . .
Que el. recurso de nulidad ha sido bien denegado porque —> sólo procede conjuntamente con el de apelación, en los casos previstos en el artículo 3 de la ley número 4055, entre los cuales no se encuentra el presente. Que én cuanto al recurso extraordinario de apelación pre- ' visto en el artículo 14 de la ley número 48 y artículo 6 de .
la ley número 4055, es el caso de determinar si las cuestiones debatidas en la causa seguida por don José Guash contra los directores de la sociedad Bilz, Fábrica de Bebidas sin alcohol, por imitación fraudulenta de marca y los fundamentos de la sentencia apelada, llenan las exigencias del mencionado recurso.
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:373
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