200 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Ja ley 3764 que invoca el recurrente, no es apelable para ante la "justicia federal dicha resolución administrativa, que' manda simplemente pagar el impuesto 4 la parte récurrente, lo que no implica una condenación; resulta, que, en el caso sub judice se ha puesto en Cuestión la interpretación y alcance del artículo ci- tado y se ha resuelto, en definitiva, contra el derecho que la «Destilería Franco Argentina» alega y funda en dicho precepto legal. , .
En tal virtud y con arreglo al inciso 39 del artículo 14 de la ' ley 46 y en armonía con el artículo 69 de la ley 4055, considero / que ha sido mal denegada la apelación interpuesta contra di- .
cha resolución de la excelentísima Cámara Federal, y en conse- ' cuencia, pido á V. E. se sirva así declararlo, dando trámite al expresado recurso.
Y en cuanto al fondo del mismo, no siendo el caso de aplicar el artículo 27 de la ley citada que rige la materia, ni exis- .
tiendo ley alguna que autorice el procedimiento que el recurrente pretende seguir contra la referida resolución administrativa, cualesquiera que sean los derechos que le asistan en juicio ordi- , nazio contra los agravios de la misma, según la doctrina establecida en, los fallos del tomo 63 pág. 415 y del tomo 63 pág. 159 , pido á V. E. se sirva confirmar por sus fundamentos o el auto recurrido de la Cámara Federal de apelaciones de la —.
capital. . .
o - Julio Botet.
e . , .
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:200
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