Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 106:105 de la CSJN Argentina - Año: 1906

Anterior ... | Siguiente ...

consulta ú la Excura. Cámara de Apelaciones Federal de La Plata.

Domingo Gugliamelli. — Ante mi: Zirardo R. Ortiz.


FALLO DE La CÁMARA FEDERAL DE LA PLATA
Ja Plata, Abril :5 de 1006.

Y Vistos:

En cuanto ú la apelación deducida á fs 103, por el defensor del reo Domingo Cuñapan, de In sentencia definitiva dictada en la cansa seguida contra el mis:nv, por homicidio, Y Considerando:

Que está comprobado el homicidio de N. N. cuyo nombre é identidad no se ha podido establecer; que igualmente. la comprobación de que fué autor de tal hecho el procesado, está legalmente establecida en el proceso, y son exactas las apreciaciones de la sentencia.

Que la duda sobre la suficiencia parsonal del acusado para ser sujeto responsable, ha quedado evidentemente disipada por los repetidos exiúmenes y las claras conclusiones de los peritos, sobre todu las del último informe complementario expedido por los peritos designados y por resolución de este tribunal.

Que resulta así evidente que se ha comprobado la responsabilidad del rev y que debe confirmarse el juicio de 1° Instancia, sobre la culpabilidad y responsabilidad del procesado en el homicidio cometido.

Que atendiendo á las enunciaciones con que en la confesión ha atenuado su responsabilidad el reo, así como resulta igual mente de los informes, que el grado de aptitud para medie 1 gravedad de su acto criminoso y de sus consecuencias, es

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

73

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1906, CSJN Fallos: 106:105 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-106/pagina-105

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 106 en el número: 105 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos