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Fallos: 105:72 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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CAUSA LXXXII
Recurso extraordinario deducido por el Ministerio Fiscal en antos de E. Conton contra Diego Lima y R. Gowland, sobre infracción de la ley electoral.

Sumario.—Es improcedente el recurso extraordinario autorizado por el artículo 13 de la ley núm, 18 cuando se ha cuestionado la inteligencia de una ley de amnistin y la de cisión ha sido pronunciada á favor del derecho que en dicha ley se ha fundado.

Caso:—lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDENAL
Buenor Aires .Marzo 24 de 1909, Y vistos estos antos en el incidente promovido por el doctor Diego Lima ú f. 259, del que resulta:

Que dicho señor invocando lu ley de amuistin núm. 1311, solicitó la devolución de la suma de il orhocientos veinte pesos, que había pagado como multa por la infracción d la ley electoral que había cometido Pidió igualmente la devolución de ciento enarenta y cinro pesos pagados por reposición de sellos. El inferior negó la devolución por el auto spelado de fa. 274.

Y Considerando:

1" Que la ampistia estiugue la ucción pública pendiente y E

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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-72

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