SENTENCIA DEL JUEZ PEDERAL
La Plata, Julio 5 de 1908.
Vista esta causa criminal por violación y sustracción de correspondencia, seguida de oficio contra Gerónimo Almirón argentino, de cuarenta y cuatro años, empleado, domiciliado en San Nicolás de los Arroyos, sin apodo conocido, hecho que tuvo lugar en la misma ciudad el dia tres de Setiembre del año ppdo.
Resulta: Ante el comisario policial de la localidad, Juan J. Jara, denunció con f:cha cuatro de Setiembre, que de la balija de correspondencia, procedente del Rosario de Santa Fé, despachada la noche anterior, habianse sustraido tres cartas ordinarias.
Una de ellas estaba dirijida ú la supuesta Soña Linares y contenia segun telegralicamente habia manifestado el Gefe de expediciones, cinco pesos, dos billetes verdes de un peso y tres colorados.
La balija precitada había sido entregada por el conductor Gerónimo Almirón con evidentes señales de violación.
Dados los antecedentes del sumario administrativo, creia que el autor de la violación era el empleado Almirón.
Segund:: Practicado el registro de las ropas de Almirón, al cual se presta voluntariamente, se le encontraron en e! bolsillo Izquierdo del pantalón, dos cartas con los sobres violeutados.
Sacadas de los sobres se vió que una de ellas dirijida á Esteban Canale, firmada por Maria Testino, nu contenia el el billete á que ella se referia.
La otra dirigida á Sofia Linares, tampoco contenia los cinco pesos que mencionaba,
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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:359
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