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Fallos: 103:233 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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que tienen en el 6" de la misma ley 4045 y 14 de la ley número 48. :

Por esto, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador General, se declara mal denegada la apelación. En su consecuencia, y ú los efectos de lo dispuesto en el artículo 8" de la ley 4055, líbrese oficio ú la Cámara Federal de Apelación de la Capital, para la remisión de los autos principales.

Notifíquese con el original, y repóngase el papel.

A. Benueso. — M. P. Daract.— C. Moyaso Gacitúa.

CAUSA UNXAX
Criminal, contra Leopoldo Murquia y Ramón Bastida, por robo. — Recurso de revisión Sumario. —Para que la Suprema Corte pueda conocer por apelación, del recurso de revisión autorizado por el art. 4° de la ley u" 1055, es necesario que la misma Cámara que dió la sentencia de que se recurre, se haya pronunciado previamente, revisando ó no su fallo.

Caso.—Lo explican las piezas siguientes: ;

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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:233 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-103/pagina-233

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