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Fallos: 102:48 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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el recurso en forma de estilo, y á la vez mal concedida la nu lidad en el caso vcurrente, Julio Botet,
PALLO DE LA SUPREMA CORTE
Duenos Aires, Mayo 23 de 1905 Visto el recurso concedido úá Don Manuel líos en la cansa seguida contra Don Luis García, por violación del art, Lo de la ley electoral; y Considerando:

Que Ríos ha tenido legítima personería para las peticiones de fs. 231, 237 y todo lo relativo al presente recurso, pues lo actuado deside fs. 220, es parte de los autos principales y cons.

tituye un incidente de ellos, en el cual aquel en su calidad de acusador conferido por la ley 4161, hn gestionado el cumplimiento de la sentencia de fs. 34 (recurso de hecho, letra E, números 208 y 1904) pronunciada ú su instancia, sosteniendo que la ley 4311 era ineficaz al objeto de dejar sin efecto dicha sentencia, Que con arreglo ú los términos del art. G' de la ley n" 4055 y 11 y 16, ley n'48, el recurso extraordinario que ellos acuer:

den no proceden contra defectos ú nulidades de procedimiento ú de forma de las sentencias, ú diferencia de lo que ocurre con el concedido por el art. 500 y siguientes del Código de Procedimientos en lo Criminal, y el artículo 3 de la misma ley número 1055.

Que la mencionada ley n' 4311 no ha derogado la ley vt MOI, limitándose á amnistiar á los infractores de la segunda eu el período que media entre la prolongación de ambas, Que estando en vigencia la ley n° 4161, el sub judice no es un caso de los previstos en el inc 4" art. 551 del Código de

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:48 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-102/pagina-48

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