pectiva del Ministerio de Justicia, su administración está subordinada al mismo departamento y los recursos que la sostienen figuran enel presupuesto del expresado ministerio, Estas circunstancias me inducen á pensar que la Cárcel Correccional de Menores, ú diferencia de Ins escuelus que dependen de una autoridad hasta cierto punto autónoma, ( tomo 79 pág. 356 ) está bajo la exclusiva jurisdicción del Golhierno Nacional.
En tales conceptos y teniendo en cuenta la analogía de este establecimiento con la Penitenciaría Nacional, considero que los delitos cometidos en su recinto, están, como los co metidos en ésta, sujetos ú la jurisdicción federal, de acuerdo con el jue. 4 del art, 3' de la Ley sobre Competencia de Septiembre de 1863, é inc. 37 del art. 23 del Código de Procedimientos Penal.
En consecuencia, creo que en el caso es competente el señor Juez Federal de la Capital, y así debe V, E. decturarlo, confiemando la sentencia de fs. 21 vuelta.
Julio Botet,
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, Abril 13 de 195, Vistos la contienda de competencia negutiva trabula entre el Juez Federal en lo criminal y el de instrneción de esta Capital en la causa contra el menor Antonio Choven, por lesiones; y Considerando:
1" Que la infracción por que se procesa ú Choven, Mé cometida en la casa de corrección de menores varones, quer lo que, se hace necesario determinar la condición en que la expresada casa se encuentra con relación ú la jurisdieción fe
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:384
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