VISTA DEL PROCURADOR FISCAL ,
Buenos Aires, Mayo 4 de 1899.
Señor Juez :
El delito á que se refiere este sumario ha sido cometido en el patio de un colegio del estado. Es, pues, el caso del inciso 4", artículo 23 del Código de Procedimientos, que reserva para lu justicia federal el privilegio de conocer « de los delitos de toda especie que se cometan en los lugares 6 establecimientos en donde el gobierno nacional tenga absoluta y exclusiva jurisdiccion.
La Exma, Cámara, série 5, tomo 2", página 167, ha resuelto que los jueces ordinarios deben declararse de oficio incompetentes para entender en ¿as causas cuando de autos resulta que el delito ha sido cometido fuera de su jurisdiccion ; siendo este el caso, corresponde que V. S., sin más trámite, asf lo declare y pase estos autos al señor juez federal que está de turno.
Ernesto Quesada.
AUTO DEL JUEZ CORRECCIONAL
Buenos Aires, Mayo 8 de 1899.
Autos y vistos: De conformidad con el precedente dictámen fiscal, que el juzgado encuentra ajustado 4 derecho y á las constancias de autos, el proveyente se declara incompetente para seguir conociendo en esta causa que, con el oficio de esti
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:356
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