822 FALLOS UE La SUPREMA CONTE
CAUSA XXIN
Criminal, contro Ross y Tobul, Enrique Krott y Felipe Decia, por contrabundo.
Sumario 1 Los armadores ú nyentes de paquetes ú vapor no son personalmente responsables á la Aduna por las diferencias que resulten en la descarga, sí ésta se ha efectuado sin nbservación ni rechuno alguno por parte de aquella.
2' Los armadores en su carácter de tales, no están comprendidos en lo dispuesto par el artículo 975 de las Ordenanzas de Aduana.
3 Corresponde la nbsolución del acusado, si los indicios de su responsabilidad no rennen los requisitos exigidos por el art. 15 del Cód, de Procedimientos en lo Criminal, + La circanstancia de no haberse demostrado cuál era el contenido de los cajones con que se substituyeron los ue contehían la mercaderia de reembirco importada sin pagar derechos, no quita tudo valor probatorio en sa contra 4 la declaración del capitan de buque de que con su conocimiento y anuencia se verilico esa operación fraudulenta, sí es que aquella se halla corroborada por documentos y referencias en las declaraciones corrientes en los mutos.
Cuso.—Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:322
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