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Fallos: 101:258 de la CSJN Argentina - Año: 1904

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SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
La Plata, Junio 4 de 1904 Autos y vistos:

La incidencia promovida sobre falta de jurisdicción del Juzgado para conocer en la presente entust.

Resulta:

1 Que la parte demanda la sostiene la incompetencia por razón de la materia y tumbién por mzón de las personas Respecto á lo primero, porque tratándose de unn concesión del gobierno de la provincia, estaría excluida en nbsoluto, la aplicación de las leyes nacionales; y todavía est concesión ha sido otorgada en forma irregular, de lo que no podría entrar á resolver el Juzgndo, desde que no puede aplicar sinó Ins leyes Nacionales, que no rigen el cuso, Y Encuanto ú la falta de jurisdicción por rmzón de las per sonas, se funda en que los terrenos ú expropiarse, pertenecen ú la sucesión de Don Bernardo Calderón, radicada en Merce des, hay menores interesados en ella, y es al juez de la tute la que corresponde el conocimiento de este asunto, porque ° carácter universal de la sucesión atrae á sí todas las acciones que contra ella se promuevan, Y Considerando:

1" Que respecto ú la cuestión propuesta en primer término, ú sea la falta de jurisdicción, por tratarse de uno concesión de enrácter interno de la provincia, y por ello no poderse aplicar las leyes nacionales, tenemos unn disposición eontriia esta tesis en la ley nacional de 16 de Octubre de 1861. El art, 1" de esta ley resuelve que la justicia federal decide en tolos los asuntos regidos por la Constitución y leyes nucionales y en todas las causas expiesadas en los urts. 100 y 101 de la

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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-101/pagina-258

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