DE JUATICIA NACIONAL 178 i Los juicios de concurso de acreedores enen- Mera de la jurisdicción federal, según el inciso 17 del art. 12 de la ley de 11 de Septiembre de 1863, este juicio es aniversal y por sitona= turalezza atrae ú sí todas las emtsas particulares que se promie- | van contra el concursado, Por estas consideraciones, y la jurispredeneia establecida en el tomo 30 pág. 559 , entre otros numerosos fallos de Y. E. opino que procedería ha declaración de ha jrisdicción del Se. Juez de La Pita, para conocer el caso ocurrente.
Iniciombie 7 de Laos, Sabinimno Kier,
FALLO DE LA SUPREMA CONTE
luenos Aires, Mareo 2 de 1:05 , | Vista la contienda de competencia entre el Se, Juez de 19, Instancia de esta Capital Dr. Homero y el de igmnb elisede ha cimdnd de La Plana Dr. Devsiimo, Considerambo: | Que nose ha puesto en duda queel domicilio real del ejeentado Don Alejo Ortega está dentro de la jurisdicción del Juzgado de La Plata, ante el cual se tramita el concurso que sele ha formado, Que con arreglo ú lo establecido en el art, 715 del Código de Procedimientos vigente en la Capital y Provincia de Huenos Aires, el Juez del domicilio del dendor es el competente para entender del juicio universal de concurso al que deben acumularse los otros juicios quese siguen anle otros jueces, de conformidad con lo dispuesto en el urt. 720 del mismo Código.
Que la coexistencia dentro de la República de diversos juicios de concurs formados 4 una misma persona ante disá
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:173
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