prescripción opuesta, no basta para su rechazo 2 límine, Los jueces deben suplir en juicios de esta naturaleza, las deliciencias de los litigantes en lo que al derecho se refiere, siempre que no haya dude en cuanto ú la neció 5 excepción de que se pretende hacer mérito.
4" No son impreseriptibles las acciones tendientes ú reparar en luesfera del derecho común los efectos de las violaciones de las garantías constitucionales, 5 La obligación de devolver sumas de dinero abonadas por concepto de unpuestos nose prescribe en el término fijado en el art, 1030 del Cód. Civil sinó en el establecido en el art, 1023 del mismo.
Cuso.— hesulia de las siguientes piezas:
DICTAMEN DEL SKÑON PROCERADONR GENERAL
Suprema Corte:
Las guías de campaña que se agregan de Es. Ea 62 como has bilitantes de la demanda por devolución de impuestos tachndos de inconstitucionalidad, proceden de un puerto de embarque dela Provincia de Buenos Aires, y demuestran que los productos embaucados están destinados ála exportación, Si esas ¿mías constatan un impuesto ú la exportación, la Pscontitucionlidad denunciada quedará demostrada ante el texto de los arts, 9, 10, 11 y 67 de la Constitución Newiónal in vocados en la demanda He expuesto ante V. E, en ocasiones nuálogas, que la stin— ple designación de importación ó exportación, procedente en las guías de campaña, del empleado expedidor, no basta por sí mismo para modificar el manduto de la ley impositiva, que no
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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:32
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