Sr. Juez en lo Civil del Rosario, en razón del domicilio del — demandado.
Pur lo expuesto y con sujeción á la jurisprudencia estable — cida en el tomo 51, púg. 376 de lus fallos de la Suprema Corte, pienso que procede confirmar por sus fundamentos el auto recurrido de fs. 81. E Ta Sabiniano Kier.
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buonus Aires, Septiembre 1 de 1908, a Vistos: 4 De conformidad con lo expuesto y pedido por el Sr. Procu- 4 rador General y sus fundamentos concordantes, se conticma con costas, la sentencia apelada de fs, 81 E Notifíque. + con el original y repuestos los sellos, devuéi — vanse.
Octavio Brxor.—Nicavon Gps 3 Soran —A. Brumeso. + | E e] A , i 3 1 CAUSA CI — Don Angel R. Ferrando contra don Pedro Sansonlet, sobre apertura de un camino. Recurso de hecho N Sumario.—No habiéndose discutido ni resuelto en el juicio
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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:261
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