SENTENCIA DEL JUEZ DE SALTA
Salta, Mare 12 de 1904, Autos y Vistos:
La cuestión de competencia, por vía de inhibitoria, promovida por el teniente 1" del Regimiento 5" de caballería de Lí nen, Don José Jonquin Avalos, Y Considerando:
1 El presentante expone que hallándose detenido en la Capital Federal, por mandato del Señor Juez de Tustrucción Militar, Coronel Dou Pedro Arriola, ú virtud de haberse denuncia" do una matanzas de indios en el paraje denominado Mundo Nuevo. por fuerzas que idecínse obrarís á sus ordenes, promueve contienda de competencia por inhibitoria, usado en tre otras razones, en la disposición que encierra el art 127 del Código de Juaticia Militar.
Agrega, que el expresado lagar está exclusivamente someido úlas autoridades de esta provincia, para concluir que la justicia ordinaria de la misma es la competente y no la militar ú que se halla sometido, por lo que pide que este Juzgudo entienda en el proceso, respecto de todos lus encausados, librando, en consecuencia, el correspondiente alicio inhibitorio al Señor Presidente del Consejo de Guerra Mixto para Gefes y Oliciales.
2 A raiz de esta presentación. se ordenó ú Avalos, por nuto de fecha Febrero 26 ppdo. corriente de fs. 12 ú fs, 17, y de acuerdo por lo preseripto por los arts. 50 y 31 del Gál, de Procedimientos en Jo Criminal de la Nación y de esta Pro "vincia respectivamente, expresase no haber promovido declinatoria, en camplimiento de lo cual manifiesta, en el escrito de fs, 18 de estos nuteos, no haber usado esa vía,
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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:234
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