Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 100:231 de la CSJN Argentina - Año: 1904

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA. NACIONAL 231 de la conferida por el inc, 12 del mismo artículo de la Constitución Nacional.

Que ental concepto, es de atribución esclusiva y privativa :

de la justicia federal, el conocimiento de esta causa, según el inc, 1", art. 2° de la ley de Septiembre 11 de 1863 núm, 48.

Devuélvanse para su emuplimiento y reposición.

Pedro T. Sánchez. — Daniel Goytin.—Joaquín Carrillo.


VISTA DEL SKÍON PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Se ha producido á fs. 9. uns demanda contra Don Augusto Sollé por falsificación y uso indebido de marcas de comercio, —apoyámdolas en las disposiciones de lu ley especial del Cougreso núm. 75, El acusado opone ú fs. 14 vta., la excepción de falta de jurisdieción en el Juez Federal de Sección, ante quien fué le vada la demanda. ° El auto de rs. 37, sostiene la jurisdicción federal y ese auto ha sido confirmado por el de la Cámara Federal de fs. 60, Tratándose de una resolución de carácter definitivo, según la jurisprudencia establecida por V. E. en casos análogos, procede el recurso concedido para ante V, E. al respecto, por el auto corriente ú fs, 67 vta.

Entrando por ello al examen de la excepción opuesta, considero procedente el fuero federal declarado para el caso, por los referidos autos, No es dudoso que el Congreso ha ejercido las facultades explícitas que le acuerdan los incisos 11 y 12 del art. 47 de la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

67

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1904, CSJN Fallos: 100:231 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-100/pagina-231

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 100 en el número: 231 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos