CAUSA ELSE
Don Rudecindo Villanueva, contra D. Juan Antonio Pando y D. Fabian Corren, sobre tereería de oposicion.
Sumario. — 1 La tereería de oposicion en el juicio ejecutivo debe sustanciarse en juicio ordinario, por cuerda separada, con el ejecutante y el ejecutado, 20 En el juicio ordinario, despues de contestada la demanda, si no se hubiese recibido á prueba la causa, debe el Escribano poner el espediente al despacho, y el Juez llamar autos para sentencia.
30 El llamamiento de autos es una formalidad esencial.
49 Las partes tienen el derecho de pedir se señale día para informar in roce.
59 El título para fundar una tercería es la causa legal en que se funda el derecho, y puede existir aun carecióndose de documento probatorio.
6 El puede justificarse con los otros medios de prueba admitidas en derecho.
7" Habiendo hechos alegados por el demandante, y no consentidos por el demandado, si el Juez no considera necesario recibirlos á prueba, debe espresar en la sentencia
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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:328
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