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Fallos: 10:317 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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de Procedimientos, declárase desierta la apelacion, y devuélvanse los autos próvio pago de costas y reposicion de sellos por el apelante.

SALVaDOR María DEL CARRIL.— Francisco DELGADO.-—Jost Barnos Pazos .— MARCELINO UGARTE.

CAUSA LX.
Don Alejandro Paz contra Rezia y Sala, sobre desemabryo de dinero.

Sumario. — 19 Los suministros hechos á un buque tienen privilegio sobre este y sus productos.

2° La propiedad de un buque no puede transferirse siñó con todas las cargas, y quedando á salvo los derechos y privilegios de los acreedores del buque.

30 El embargo decretado de arrendamientos de un buque con el objeto de garantir las resultas del juicio promovido por los acreedores del buque, y cuyo importo debe

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:317 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-317

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