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Fallos: 10:262 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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£. 27, no es otra que anular el sumario iniciado por el comisario D. Javier Molina, seguido por el Juez del Crimen en razon que ni uno ni otro lienen jurisdicción para encausar á un ciudadano sobre rebelion y demás crímenes perpetrados con ocasion de ella, por ser esta una facultad privada á la Justicia Federal, segun el caso resuelto por la Corte en la causa de Luciano Chilote No 179, y las causas XIII, XXIV, XXXIF y NXNIIE «Fallos de la Corte, tomo 50»; 20 Que esta anulación no importa mas que rechazar una prueba y toda su actuacion por no ser jurídica ni legal, desde que quien lo forma y autentifica no es autoridad lejítima ni constitucional ; 30 Que de aquí se deriva la consecuencia mas que lójica y congruente: que no siendo legales ante la Justicia Nacional los actos del Comisario Molina como del Juez Videla Correa, no se puede ni debe proceder por ellos y faltándoles la fé pública, todas las fojas del sumario son libelos privados que sin legalizarlos son insignificantes ; 40 Que el sumario en una causa criminal entre partes no es indispensable, por tanto, es esta la razon porque el Juez ha pasado al ordinario en vista que aquel era nulo ; 5 Que el hecho de haber declarado el Juez esto último, no es un fundamento aceptable que por ser formado ese sumario en jurisdiccion provincial, no puede la nacional admitir una acusacion aunque se inslaure sin fundamento lejitimo ya que este se puede dar en el término ordinario de prueba ; 69 Que basándose la acusacion sobre hechos con ocasion de la rebelion, la competencia nacional es indispensable, mucho mas cuando se trata de un delito que está previsto por los artículos 18 y 7) de la Ley Penal Nacional de 14 de Setiembre de 1863; 70 Que habiendo acusacion de parte interesada que desafía la prueba, ¿cómo es rebelde y cómplice de ladrones en tiempo de la rebelion ó con ocasion de ella? tanto la causa pública está interesada en averiguar la

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-262

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