de los autos, prescindiendo del modo como han sido juzgados sus compañeros, si la sentencia relativa 4 estos ha sido ejecntoriada.
40 El haber concebido y propuesto la idea de matar 4 otro, concertar el modo de ejecutarla, y llevarla 4 cabo sin ninguna circunstancia atenuante, con la mas completa alevosía y sin otro motivo que el robo, constituyen un delito que merece la pena de muerte.
Caso.—A principios de Noviembre de 1862 tres individuos lamados Ramon Rios (a) Corro, Francisco Gomez y Saturnino ltios embarcados en una canoa y navegando el Parana aguas arriba se encontraron en el sitio denominado Arroye Yacaré, con el pailebot «Flecha» a cuyo patron pidió Corro les prestara remolque, el que les fué concedido haciendo subir la canoa hasta el lugar deneminado «Brete» 3 una legua mas alla del puerto Parana. Llegados 3 ese punto, descendieron el rio y pasaron cerca del «Palmar» donde estaba amarrado el pailebol nacional «Union.» A ocho cuadras de distancia se detuvieron, y Corro propuso A sus compañeros el plan de regresar adonde se hallaba esa embarcacion, robarla y matar a todos los individuos de la tripulacion para que no se pudiese descubrir el becho.—Aceptada la proposicion, regresaron efectivamente y acercindose al pailebot, Corro pidió a su patron llamado Amadeo remolque mediante paga.—Este los recibió amistosamente y accedió A remolcar la canoa sin interés alguno. —Navegaron como cinco horas, pero amenazando tormenta, el patron volvió a fondear cerca del mismo silio.
Llegada la noche el patron Amadeo se reliró a popa, cl baqueano Gerónimo 4 proa, el marinero José Buraggi, que eran los únicos que estaban en la embarcacion, en la escotilla. Los huéspedes Gomez y Rios se acostaron al lado del patron, y Corro al del baqueano.
A las dos de la mañana que era el 13 de Noviembre, Corro se levantó y tomando el fierro del molinete descargó con el dos terribles golpes sobre la cabeza del baqueano dejándole sin sentido: a mismo tiempo Gomez y Rios atacaron ai patron, el primero con
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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:387
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