Definición de PARTICIÓN DE HERENCIA POR EL JUEZ


    Corresponde de efectuar judicialmente la distribución de un haber hereditario en los siguientes casos: lo cuando existían menores y no estén representados por rus padres; 2o si alguno de los coherederos es incapaz; 3v si se encuentran ausentes; 4* cuando terceros, fundiéndose en un interés jurídico amparado, se oponen a la partición privada, sobre todo en el caso d** acreedores de la herencia; 5 D® .c,onf?rmidad -con la Ley de Enj. Civ. esp., la partición judicial de herencia puede producirse en los siguientes casos: a) por juicio voluntario de testamentaria; b) por juicio necesario de testamentaría; c) por juicio de abintestato; d) por ejecución de sentencia en el juicio declarativo originado por discrepancia de las partes en la junta convocada al efecto en el juicio voluntario de testamentaría; e) en el procedimiento para adjudicación de bienes a personas llamadas sin designación de nombres.
    La partición es judicial por la aprobación que de ella hace el juez o el tribunal, pero no porque personalmente la realice éste o aquél. Uno. u otro encomiendan la práctica de las operaciones parti- cionales a uno o más contadores partidores, designados en la junta que a tales efectos convoca el juez. En caso de discordia entre los contadores, se nombra un letrado dirimente. Los contadores son auxiliados por peritos tasadores, si los primeros tienen necesidad de los segundos, cosa poco frecuente. Realizadas las operaciones, sus resultados se exponen a los interesados en la secretaría del .respectivo tribunal, para qué las aprueben o impugnen. Por último, el juez resuelve de conformidad con los partidores, recogiendo las observaciones hechas por los interesados o según estime procedente.
    Las operaciones que normalmente realizan los con- , t adores en la partición judicial de la herencia, y seguidas por metódicas en las particiones extrajudi- ciales, comprenden: 19 el inventario, o relación de los bienes de la herencia, descritos y detallados de manera que queden suficientemente identificados; suelen inventariarse por separado los muebles de los inmuebles, y dejar excluidos el lecho y ropas de uso que corresponden por derecho especialísimo al cónyuge supérstite, cuando lo haya; como estado general del patrimonio, el inventario ha de comprender asimismo el pasivo o deudas del de cujas; 29 el avalúo, o tasación en metálico de todos los bienes inventariados; 3
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