- Es obligatorio cuando intervengan en un proceso, ya para interrogar al acusado como á los testigos, y también cuando haya que entenderse con mudos. El intérprete prestará juramento de conducirse bien y fielmente en el desempeño de su cargo, y jurará en presencia del interesado, (v. los arts. 440 y 442 de la Ley de Enj. Crim. esp.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda